normakte / Modelo de declaración
No existe un formulario oficial. El anexo V parte A impone una estructura, no un papel que rellenar — y precisamente por eso circulan tantos modelos que ya no sirven.
Muchos fabricantes siguen buscando un «modelo de declaración CE de conformidad». Era el nombre del documento con la Directiva 2006/42/CE. Con el Reglamento (UE) 2023/1230 se llama declaración UE de conformidad — y no existe un formulario oficial. El anexo V parte A impone una estructura, no una maquetación: cualquier modelo es válido siempre que contenga las diez menciones del anexo V parte A. La pregunta, por tanto, no es qué formulario es el correcto, sino si el modelo que utiliza recoge esas menciones en su versión actual.
Con la declaración UE de conformidad, el fabricante asume la responsabilidad de la conformidad de la máquina. Debe mantenerse actualizada de forma continua y traducirse a las lenguas que exija el Estado miembro en el que la máquina se introduce en el mercado o se pone en servicio.
| Punto | Modelo según 2006/42/CE | A partir del 20.01.2027 |
|---|---|---|
| Referencias de las normas | número y año de edición | además, la fecha de publicación en el Diario Oficial — anexo V A punto 7 |
| Persona facultada para elaborar el expediente técnico | debía indicarse | suprimida |
| Denominación del acto | Directiva 2006/42/CE | Reglamento (UE) 2023/1230 |
A ello se suman dos menciones que casi ningún modelo en circulación prevé: la posibilidad de identificar el objeto con una imagen en color (punto 5) y — para las máquinas de elevación instaladas de forma permanente en un edificio que solo pueden montarse en su lugar de uso — la dirección del lugar de montaje (punto 3).
El reglamento enumera expresamente los casos de no conformidad formal. Cuatro de los siete puntos se refieren a la declaración y a la documentación. Si un Estado miembro constata alguno, exige al agente económico que le ponga fin. Si la no conformidad persiste, la comercialización puede restringirse o prohibirse y el producto, recuperarse.
| Constatación | Base |
|---|---|
| El marcado CE se ha colocado infringiendo las normas | Art. 46 §1 a) |
| El marcado CE no se ha colocado | Art. 46 §1 b) |
| El número de identificación del organismo notificado falta o está mal colocado | Art. 46 §1 c) |
| La declaración no se ha establecido, o no correctamente | Art. 46 §1 d) |
| La documentación técnica no está disponible o está incompleta | Art. 46 §1 e) |
| Los datos de contacto faltan, son falsos o están incompletos | Art. 46 §1 f) |
| No se cumplen otros requisitos administrativos de los art. 10 o 13 | Art. 46 §1 g) |
Cuando una máquina está sujeta a varios actos de la Unión que exigen el marcado CE, se establece una sola declaración UE de conformidad para todos ellos.
Art. 21 §3 Reglamento (UE) 2023/1230
Si la conformidad se evalúa mediante el procedimiento de control interno de la producción — es decir, sin organismo notificado, módulo A según el anexo VI —, la declaración debe indicarlo. Formulación práctica: «La máquina está sujeta al procedimiento de evaluación de la conformidad basado en el control interno de la producción (módulo A).»
Y una buena noticia: la numeración de la declaración es voluntaria. El fabricante puede asignarle un número de forma voluntaria, pero no está obligado.
Lo que cuenta es la fecha de introducción en el mercado, no la fecha de diseño ni la del pedido. Hasta el 19 de enero de 2027, la versión según 2006/42/CE; a partir del 20 de enero, la versión según (UE) 2023/1230. No hay periodo transitorio.
Quien entregue en el primer trimestre de 2027 necesita, por tanto, la nueva versión — y el diseño correspondiente está en marcha hoy. ¿Ya tiene un modelo? Compruébelo en seis puntos o con el Delta-Check.
Gratis, sin registro. Texto para copiar o imprimir en PDF; sus datos no salen del navegador. Además, un expediente de prueba en la app hasta el 20.01.2027 (con cuenta).
Fuentes. Las referencias a artículos y anexos proceden de las versiones publicadas en el Diario Oficial: Reglamento (UE) 2023/1230, DO L 165 de 29.6.2023; Reglamento (UE) 2024/2847, DO L, 2024/2847 de 20.11.2024; Directiva 2006/42/CE para el régimen anterior.
Las indicaciones sobre los anexos se verifican con las versiones publicadas en el Diario Oficial; están reformuladas y abreviadas, prevalece el texto oficial.
normakte es una ayuda a la redacción y al cálculo; no sustituye la evaluación de la conformidad, ni un organismo notificado, ni el asesoramiento jurídico.