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Máquinas móviles autónomas: qué exige el Reglamento de máquinas

Vehículos de guiado automático, cortacéspedes autónomos, robots móviles: el reglamento los regula expresamente por primera vez. Los requisitos están en el capítulo 3 del anexo III – aquí, de un vistazo.

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En resumen

  • Las máquinas móviles autónomas son máquinas móviles con un modo autónomo en el que todas las funciones de seguridad esenciales se garantizan sin interacción permanente con operadores (anexo III 3.1.1).
  • El mando debe cumplir las funciones de seguridad de forma autónoma; una supervisión a distancia solo puede parar, arrancar o llevar la máquina a un estado seguro.
  • Según la evaluación de riesgos: zona cerrada con sistema de protección o detección de personas y obstáculos.
  • Autónoma no significa automáticamente anexo I – solo si un sistema que aprende garantiza funciones de seguridad.
Anexo III 3.1.13.2.43.33.3.33.6.3

Los requisitos de un vistazo

TemaRequisitoAnexo III
ConceptoMáquina móvil con un modo autónomo en el que todas las funciones de seguridad esenciales se garantizan en su zona de desplazamiento y de trabajo sin interacción permanente con operadores3.1.1 c)
Función de supervisiónEn su caso, supervisión a distancia por un supervisor; solo parada, arranque o llevarla a una posición y estado seguros; la máquina no funciona sin supervisión activa3.2.4
MandoCumple las funciones de seguridad de forma autónoma, aunque las funciones se ordenen mediante la supervisión a distancia3.3
DesplazamientoDeben tenerse en cuenta los riesgos de la zona en la que se desplaza y trabaja3.3.2
Concepto de protecciónSegún la evaluación de riesgos: zona cerrada con sistema de protección perimetral y/o detección de personas, animales domésticos y obstáculos3.3.3
RemolquesLos desplazamientos con remolques o equipos remolcados no deben generar riesgos en la zona peligrosa3.3.3
DirecciónUn fallo de la dirección no debe afectar a la seguridad3.3.5
CargaSin riesgo de contacto o colisión al desplazarse de forma autónoma a la estación de carga3.5.1
InstruccionesCaracterísticas de las zonas previstas de desplazamiento, de trabajo y de peligro3.6.3

El capítulo 3 se aplica, además del capítulo 1, a todas las máquinas que presentan riesgos debidos a su movilidad. Qué solución basta en cada caso – zona protegida, sensores, velocidad – resulta de la evaluación de riesgos y es tarea de especialistas.

Qué se aplica además

  • El capítulo 1 sigue vigente: mando, interacción persona-máquina (1.1.6 f), g)), coexistencia en un espacio compartido (1.3.7) y protección contra la corrupción (1.1.9).
  • Comportamiento que aprende: si la lógica evoluciona por sí misma, se aplican los requisitos adicionales para los mandos (1.2.1) y, en su caso, el anexo I parte A pto. 6.
  • Conectividad: si la máquina es además un producto con elementos digitales, se añade el Reglamento de ciberresiliencia.

Preguntas frecuentes

¿Un vehículo de guiado automático es una máquina móvil autónoma?

Si trabaja en un modo autónomo en el que todas las funciones de seguridad esenciales se garantizan sin interacción permanente con operadores, sí (3.1.1 c)). La clasificación debe justificarse en la evaluación de riesgos.

¿Necesito un organismo notificado?

No por la autonomía en sí. Hace falta si la máquina entra en el anexo I – por ejemplo con sistemas integrados que aprenden y garantizan funciones de seguridad.

¿Tiene que haber un supervisor?

La función de supervisión debe preverse «cuando proceda» (3.2.4). Si se prevé, la máquina no debe poder funcionar sin la supervisión activa.

Documentar bien las máquinas autónomas

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Fuentes. Reglamento (UE) 2023/1230, DO L 165 de 29.6.2023, incluida la corrección de errores de 1.4.2025; Directiva 2006/42/CE para el régimen anterior.

Las indicaciones se han comprobado con el texto oficial, están reformuladas y abreviadas; prevalece el texto oficial.

normakte es una ayuda a la redacción y al cálculo; no sustituye la evaluación de la conformidad, ni un organismo notificado, ni la valoración técnica de un especialista, ni el asesoramiento jurídico.

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